¿Qué se puede hacer cuando un familiar padece una enfermedad mental y se resiste a ser internado en un centro adecuado para recibir tratamiento? La voluntad del enfermo prevalece siempre sobre la decisión de sus allegados, por bienintencionada que esta sea. Por ello, la opción es acudir al juez, la única autoridad que puede ordenar el ingreso de una persona en un psiquiátrico o geriátrico en contra de su voluntad. Pese a que puede parecer excepcional, la vía judicial es utilizada cada año en la capital por más de 1.500 personas que solicitan el visto bueno de la Justicia para ingresar a algún familiar en residencias, unidades de agudos y hospitales psiquiátricos para que sean atendidos.
A partir de enero el Juzgado de Primera Instancia número 11 de Málaga se dedicará en exclusiva a atender tanto las peticiones de ingreso no voluntarias en centros psiquiátricos como las declaraciones de incapacidad de las personas que ya no pueden gobernarse por sí mismas y necesitan ser tuteladas. Este tipo de peticiones va en aumento cada año debido fundamentalmente al crecimiento de la población y de la esperanza de vida, lo que demanda una mayor atención de la de Justicia a todas estas cuestiones. De hecho, las peticiones de declaración de incapacidad este año se han incrementado más de un 30% con respecto a 2007.
El juez de Primera Instancia número 11, Herminio Maillo, señala que este incremento de las peticiones en el partido judicial de Málaga se debe en gran medida al aumento de la población más envejecida y también, aunque, de forma menor, a la puesta en marcha de la Ley de Dependencia. Señala que existe también «un déficit de recursos para atender todas las peticiones que se presentan en el juzgado en los plazos que marca la ley».
En caso de internamiento, los familiares deben comunicarlo al juzgado como máximo en 24 horas y el juez responder en un plazo no superior a las 72 horas. «No siempre llegamos a cumplirlo porque nos es materialmente imposible», explica Maillo. No obstante, la decisión judicial en caso de urgencia siempre puede ser adoptada por el juez que se encuentre de guardia.
La incapacidad sólo puede ser declarada mediante sentencia y el objetivo es proteger los derechos de las personas que ya no pueden gobernarse por sí mismas porque sufren enfermedades mentales y minusvalías psíquicas.
El procedimiento lo pueden iniciar los familiares más directos del afectado y el propio Ministerio Fiscal de oficio, al que las instituciones y funcionarios públicos tienen la obligación de comunicar todos los casos que conozcan. Actualmente, el proceso de incapacidad desde que se presenta la solicitud hasta que se obtiene sentencia, puede prolongarse por espacio de unos seis meses, en el caso de Málaga capital, y el juez puede declararla parcial o totalmente. En la resolución se nombra a un tutor para velar por los intereses de la persona afectada, que tomará las decisiones que afecten a su esfera personal o patrimonial y que debe rendir cuentas ante el juez cada año.
Para proceder a la incapacidad, los forenses deben aportar un informe médico, mientras que el juez está obligado examinar a la persona afectada y a oír a sus familiares antes de dictar una sentencia.
Examen al enfermo
«Dos días por semana nos desplazamos personalmente a los geriátricos, unidades de agudos de los hospitales y centros psiquiátricos concertados y también domicilios particulares para hablar con el enfermo y examinarle; en definitiva, se trata de comprobar cuál es su situación», asegura Maillo, uno de los pocos magistrados que desarrolla una buena parte de su trabajo fuera del despacho, en la realidad social de la calle. «Aunque pueda parecer no muy agradable estar viendo situaciones difíciles cotidianamente, lo cierto es que este trabajo te da una perspectiva social que no tendríamos de otra manera. Proporciona un plus social y humano y se vive con mayor intensidad», agrega.
Durante la exploración, el magistrado, mediante una serie de preguntas, tiene que comprobar si el afectado es consciente de la realidad, si se sitúa ordenadamente en el espacio y en el tiempo y si tiene conocimientos económicos y materiales, entre otras cuestiones.
Las incapacitaciones judiciales se revisan cada año y en algunos casos se pueden reintegrar. «No es muy habitual, pero este año se han dado cuatro sentencias de este tipo». informa el juez. En casi todas ellas se apreciaba una mejoría en las personas afectadas, que con el tiempo lograron recuperarse, por ejemplo, de un accidente de tráfico. «Lo cierto es que, aunque sean pocos, desde un punto de vista humano es muy gratificante porque detrás de todo esto hay una trayectoria de esfuerzo y superación personal», añade.
En taxi
El trabajo que desarrollan fuera del juzgado tanto el magistrado como el secretario judicial no siempre va acompañado de los medios adecuados para poder realizarlo. Así, Hermino Maillo asegura que no cuentan con un vehículo a su disposición para desplazarse a los centros psiquátricos y geriátricos ni a los domicilios donde deben examinar a los enfermos: «Lo hacemos en taxi y se pierde mucho tiempo en los desplazamientos, sobre todo a los pueblos. Tampoco disponemos de un teléfono móvil con el que comunicarnos con el juzgado cuando estamos fuera del despacho que, además nos sería de mucha utilidad para contactar con los servicios sociales cuando, por ejemplo, tenemos que visitar a un afectado que vive solo y no hay familia a la que recurrir». Fuente; Diario Sur