Nuevas reglas en el litoral. Las claves de la reforma de la ley.

Núcleos amnistiados. La reforma excluye 10 núcleos de viviendas que dejarán de ser dominio público marítimo-terrestre. Lo hace sin un informe técnico ni una explicación amplia de por qué se han elegido. Se trata de casos muy conflictivos, como El Palo y Pedregalejo (Málaga), la Marina de Empuriabra (Girona). Solo en estas 10 zonas hay unas 10.000 viviendas que se salvan de la piqueta.

Trato especial. Formentera tendrá un deslinde especial por su “especial configuración geológica”. Es una de las zonas de Baleares menos urbanizadas y el ministerio cree que aplicando la ley hasta ahora vigente casi toda quedaría protegida.

Más años. Las decenas de miles de casas construidas legalmente sobre el dominio público marítimo-terrestre (la playa) antes de la Ley de Costas recibieron una concesión de 30 años o de 60 años. Como empiezan a caducar en 2018, Medio Ambiente les dará otros 75 años más a cambio de un pequeño canon aún por definir.

Venta de viviendas. Los concesionarios de las casas podrán venderlas (hasta ahora estaba prohibido) y hacer reformas siempre que no aumenten de volumen ni altura.

Menos protección. Medio Ambiente autoriza a reducir en las rías la servidumbre de protección de 100 metros a 20 “en atención a las características topográficas o hidrográficas “. Esgrime que esa es la distancia en los ríos. Así salva muchos problemas en los núcleos rurales de Galicia que estaban afectados por la Ley de Costas y que ahora se libran.

Mas industria. Las industrias (“extractiva, energética, química, petroquímica, textil y papelera”) situadas en domino público deberán superar un informe ambiental para prorrogar la concesión. Este trámite deja la prórroga en manos de las comunidades. Es el caso de la continuidad de la polémica papelera de Ence en Pontevedra, con concesión hasta 2018. Si la Xunta da el visto bueno, la prórroga de Costas durante otros 75 años será automática.

Planes municipales. La reforma permite al delegado del Gobierno suspender los planes urbanísticos municipales que contravengan la ley. El Gobierno se refiere a este punto como “cláusula anti-Algarrobicos”. Falta por ver si el artículo superaría un recurso ante el Constitucional y si las demarcaciones de Costas tienen capacidad para supervisar cada plan municipal y alertar a tiempo.

Menos dominio público. La Ley excluye del dominio público las “dunas artificiales y las dunas muertas”, lo que reducirá la zona pública en lugares como Doñana. Además, limita la definición del alcance de las mayores temporales conocidos para establecer el domino público para adaptarlo al reglamento. Costas recurría a veces a vestigios fósiles para demostrar que hasta allí llegaba el mar y, por tanto, debía ser público. Ahora solo lo serán si hay “referencias comprobadas” de que allí llegaba los temporales.

Salinas y acuicultura. La ley exime a las salinas e instalaciones de acuicultura de ser terreno público al señalar que “no pasarán a formar parte del dominio público marítimo-terrestre aquellos terrenos que sean inundados artificial y controladamente, como consecuencia de obras o instalaciones realizadas al efecto, siempre que antes de la inundación no lo fueran”.

Registro de la Propiedad. La ley obliga a la Administración a incorporar en el Registro de la Propiedad todos los deslindes. La falta de ese trámite había generado muchos problemas a los compradores que denunciaban que no habían sido informados.

Chiringuitos. Los chiringuitos y demás instalaciones desmontables de la playa recibirán un permiso cada cuatro años en vez de anualmente, como venia ocurriendo hasta ahora. Más adelante previsiblemente se modificará el reglamento de la ley y entonces si que se podría ampliar la superficie de esos establecimientos.

Diferentes tipos de playa. El Ministerio de Medio Ambiente distinguirá entre dos tipos de playas en un reglamento posterior: las playas urbanas y las que están rodeadas de espacios protegidos. En estas últimas la regulación será previsiblemente más estricta.

Núcleos que se excluyen del domino público marítimo-terrestre:

Empuriabrava y Platja d¨Aro, Girona. Oliva, Valencia. Rocafel, Alicante. Puerto de Santa Pola, Alicante. El Palo, Málaga. Pedregalejo, Málaga. Caño del Cepo, Isla Cristina. Casco urbano, Isla Cristina. Ría Punta Umbria, Punta Umbria.

Asociación de Vecinos Pedregalejo

Fuente: El País. 14 de julio de 2012.